| CONDICIONES GENERALES
- TRANSHOTEL
A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el
programa/folleto es el documento informativo al que éstas se
incorporan.
El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida
en el programa/folleto que constituye el objeto del contrato de
viaje combinado. La información sobre el programa/oferta contenida
en el programa/folleto es vinculante para el organizador o
detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes
circunstancias:
a) Que los cambios en dicha información se hayan comunicado
claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del
contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el
programa oferta.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo
por escrito entre las partes contratantes.
u otro impuesto municipal aplicable en algunos Paises (Pago Directo
en el Hotel).
1. Regulación jurídica aplicable al contrato de viaje combinado y
aceptación de las Condiciones Generales.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en
la Ley 21/1995, de 6 de julio, de Viajes Combinados(B.O.E.
7-7-1995), la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones
Generales de la Contratación (14-4-98) y en la Ley 26/1984, de 19 de
julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (B.O.E.
24-7-84) y demás disposiciones vigentes.
Las presentes Condiciones Generales se incorporarán, firmadas por
las partes contratantes, a todos los contratos de viajes combinados
cuyo objeto sean los programas/oferta contenidos en el
programa/folleto y obligan a las partes, con las condiciones
particulares que se pacten en el contrato o que consten en la
documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción
del contrato.
2. ORGANIZACIÓN TÉCNICA:
La organización técnica de este programa ha sido realizada por
TRANSHOTEL, marca registrada, propiedad de TRANSHOTEL CENTRAL DE
RESERVAS, S.L. Agencia de Viajes Mayorista, con sede en Madrid
(España) y título licencia CICMA 716 y C.I.F. B-80893886. La venta
al Cliente final se efectúa a través de
www.yahoteles.com, portal de
reservas de hotel propiedad de Agencia de Viajes Minorista con sede
en Madrid y titulo licencia CICMA 1616
3. PRECIOS
3.1. El precio del Viaje Combinado incluye.
1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté
incluido en el programa/oferta contratado, con el tipo de
transporte, características y categoría que conste en el contrato o
en la documentación que se entrega al consumidor en el momento de
suscribirlo.
2. El alojamiento, cuando este servicio esté incluido en el
programa/oferta contratado, en el establecimiento y con el régimen
alimenticio que figura en el contrato o en la documentación que se
entrega al consumidor en el momento de suscribirlo.
3. Las tasas o impuestos de los establecimientos hoteleros y los
impuestos indirectos -Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.),
impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.), etc.-, cuando sean
aplicables, salvo la ECOTASA en Baleares u otro impuesto municipal
aplicable en algunos Paises (Pago Directo en el Hotel).
u otro impuesto municipal aplicable en algunos Paises (Pago Directo
en el Hotel).
4. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté
específicamente incluido en el programa/oferta contratado.
5. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen
concretamente en el programa/oferta contratado o que expresamente se
haga constar en el contrato de viaje combinado
3.2. Revisión de precios.
El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos
de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e
impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/folleto o
de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma
impresa. Cualquier variación del precio de los citados elementos
podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al
alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de
precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al
consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener
constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la
modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin
penalización alguna, o aceptar la modificación del contrato. En
ningún caso, se revisará al alza en los veinte días anteriores a la
fecha de salida del viaje, respecto de solicitudes ya realizadas.
3.3. Ofertas especiales.
Cuando se realice la contratación del viaje combinado como
consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a
precio distinto del expresado en el programa/folleto, los servicios
comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican
detalladamente en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga
referencia a alguno de los programas descritos en este folleto,
siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de
información general del destino.
3.4. Exclusiones.
3.4.1. El precio del Viaje Combinado no incluye.
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida,
certificados de vacunación, "extras" tales como cafés, vinos,
licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales -ni
siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo
que expresamente se pacte en el contrato otra cosa- , lavado y
planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general,
cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado
"El precio del viaje combinado incluye" o no conste específicamente
detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la
documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
3.4.2. Excursiones o visitas facultativas.
En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en
origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de
viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene mero carácter
informativo y el precio está expresado con el indicativo de
"estimado". Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de
destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren
el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán
ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio
definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el
momento de su contratación la posible realización de las mismas.
3.4.3. Propinas.
Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las
propinas. En el caso de los cruceros, en el precio del viaje no está
incluida una aportación complementaria que usualmente, aunque de
forma errónea, suele denominarse propina, cuyo importe está en
función de la duración del viaje y que tiene como único destinatario
al personal de servicio, respecto de la cual al inicio del viaje se
advierte al cliente que debe asumir el compromiso de entregar a la
finalización del viaje.
4. RESERVAS
Las reservas pueden ser efectuadas por los siguientes medios:
. Telefónicas
. Fax
. Internet
. E-Mail
En todos los casos serán confirmadas por Fax o e-mail, en la cual se
indicaran los siguientes conceptos:
1.- Datos generales de la reserva.
2.- Desglose del importe a abonar por parte de la Agencia de Viajes
a TRANSHOTEL.
3.- Importe a cobrar al cliente usuario.
5. DOCUMENTO DE PRESENTACIÓN
En la confirmación de la reserva se adjuntará BONOFAX® o BONOMAIL®
de presentación, el cual deberá ser sellado por la Agencia de Viajes
emisora para validarlo y ser entregado al cliente usuario de los
servicios para su presentación en el establecimiento hotelero. En el
caso de usuarios que realicen la reserva a través de
www.yahoteles.com el BONOMAIL
imprimible que obtiene como último paso del proceso de reserva on
line, es perfectamente válido para canjear directamente en la
recepción del hotel.
6. FORMA DE PAGO. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo
que en ningún caso será superior al 40% del importe total del viaje,
expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique,
además del importe anticipado por el consumidor, el viaje combinado
solicitado. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de
los bonos o documentación del viaje, que deberá realizarse al menos
siete días antes de la fecha de la salida. En el caso de reservas de
hotel on line a través de
www.yahoteles.com, al obtenerse el bono de viaje al instante, el
pago se efectua completo de una sola vez.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las
condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del
viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas
en el apartado siguiente.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se
formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se
hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna
por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
7. Desistimiento del consumidor, Cesiones y Cancelación del viaje
por no alcanzar el número de personas inscritas el mínimo previsto.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los
servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la
devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata
del precio total como del anticipo previsto en el apartado
precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos
que a continuación se indican:
a) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de
gestión, más los gastos de anulación, si se hubieran producido estos
últimos.
b) En el caso de viajes combinados y salvo que el desistimiento se
produzca por causa de fuerza mayor:
1) Los gastos de gestión más los gastos de anulación, si los
hubiere.
2) Una penalización, consistente en el 5% del total del viaje si el
desistimiento se produce con más de diez días y menos de quince de
antelación a la fecha de comienzo del viaje; el 15% entre los días 3
y 10, y el 25% dentro de las cuarenta y ocho horas anteriores a la
salida.
De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá
derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo
entre las partes en otro sentido.
En el caso de que alguno de los servicios contratados y anulados
estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de
contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas
especiales, etc., los gastos de anulación por desistimiento se
establecerán de acuerdo con las condiciones acordadas por ambas
partes.
En aplicación del párrafo anterior, y puesto que en estos viajes
existen servicios sujetos a condiciones económicas especiales, los
gastos de anulación por desistimiento serán del importe total del
billete de avión si éste estuviese emitido.
El consumidor del viaje combinado podrá ceder su reserva a una
tercera persona, solicitándolo por escrito con quince días de
antelación a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes
pacten un plazo menor en el contrato. El cesionario tendrá que
reunir los mismos requisitos que tenía el cedente, exigidos con
carácter general para el viaje combinado, y ambos responderán
solidariamente ante la Agencia de Viajes del pago del precio del
viaje y de los gastos adicionales justificados de la cesión.
En los casos que el Organizador condicione, y así lo especifique
expresamente, la viabilidad de la oferta de viaje combinado a contar
con un mínimo de participantes y por no alcanzarse ese número, se
produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho
exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades
anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna en concepto de
indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por
escrito con un mínimo de diez días de antelación a la fecha prevista
de inicio del viaje.
8. Alteraciones.
Si se diese la necesidad de modificar alguno de los servicios
contratados, incluido el precio, TRANSHOTEL deberá ponerlo
inmediatamente en conocimiento del consumidor, bien directamente,
cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo
detallista en los demás casos.
En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, el
consumidor podrá optar entre resolver el contrato sin penalización
alguna o aceptar una modificación del contrato en el que se precisen
las variaciones introducidas y su repercusión en el precio. El
consumidor deberá comunicar la decisión que adopte al Detallista o,
en su caso, al Organizador dentro de los tres días siguientes a ser
notificado de la modificación a que se refiere el apartado a).
En el supuesto de que el consumidor no notifique su decisión en los
términos indicados, se entenderá que opta por la resolución del
contrato sin penalización alguna.
En el caso de que, después de la salida del viaje, TRANSHOTEL no
suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante
de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones
adecuadas para la continuación del viaje organizado, sin suplemento
alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a este
último el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas
y las suministradas, siempre y cuando el consumidor cumplimente en
forma su obligación de poner inmediatamente en conocimiento de
TRANSHOTEL las posibles deficiencias que aprecie Si el consumidor
continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se
considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.
9. Obligación del consumidor de comunicar todo incumplimiento en
la ejecución del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar todo incumplimiento en la
ejecución del contrato -preferentemente "in situ" o, en otro caso, a
la mayor brevedad posible- por escrito o en cualquier otra forma en
que quede constancia, al organizador o al detallista y, en su caso,
al prestador del servicio de que se trate.
En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia
-Organizador o Detallista- no sean satisfactorias para el
consumidor, éste dispondrá del plazo de un mes para reclamar ante la
Agencia detallista o el organizador, siempre a través de aquella. La
Agencia detallista o el organizador dará respuesta a la reclamación
planteada por el cliente a la mayor brevedad.
10. Prescripción de acciones
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de
prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos
en la Ley 21/95, de 6 de julio, reguladora de los Viajes Combinados
(B.O.E. 7-7-95) será de dos años, según queda establecido en el
Artículo 13 de la citada Ley.
11. Responsabilidad.
11.1. General.
La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final
del viaje combinado responderán frente al consumidor, en función de
las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de
gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las
obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas
las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y
sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a
actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador
manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del
viaje.
Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán
de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no
ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad
cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean
imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al
suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan
un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor,
entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las
invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían
podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista
o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la
diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por
darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4
el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de
viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia
al consumidor que se encuentre en dificultades.
11.2. Límites del resarcimiento por daños
En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del
incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas
en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios
Internacionales sobre la materia.
12. Delimitación de los servicios del viaje combinado
12.1 Viajes en avión. Presentación en el aeropuerto.
En los viajes en avión, la presentación en el aeropuerto se
efectuará con un mínimo de antelación de hora y media sobre el
horario oficial de salida, y en todo caso se seguirán estrictamente
las recomendaciones específicas que indique la documentación del
viaje facilitada al suscribir el contrato.
En la contratación de servicios sueltos, se recomienda que el
cliente reconfirme con cuarenta y ocho horas de antelación los
horarios de salida de los vuelos.
12.2. Hoteles.
12.2.1. General
La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel
vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la
hubiere, asignada por el órgano competente de su país. Dada la
vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de
habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de
estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará
siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el
conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la
habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta
de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada
la habitación como triple en todos los impresos de reservas
facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en el contrato y
los billetes y/o documentación del viaje que se entrega
simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de
habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro
camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto.
El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en
función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar.
Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el
contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 13
horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12
horas del día de salida.
Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento
permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su
llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas
a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas
interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal
circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los
apartamentos directamente, según los casos.
Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la
reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son
admitidos en los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber
confirmado la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos,
tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato.
El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté
disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con
independencia de que, por circunstancias propias del viaje
combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde
de lo inicialmente previsto.
12.2.2. Otros Servicios.-
En los vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de
las 12.00 horas, el primer servicio del hotel, cuando esté incluido
en la oferta del programa/folleto, será la cena. Igualmente, en los
vuelos cuya llegada al punto de destino se realice después de las
19.00 horas, el primer servicio del hotel será el alojamiento.
Se entenderá siempre como trayecto aéreo directo aquel cuyo soporte
documental sea un solo cupón de vuelo, con independencia de que el
vuelo realice alguna parada técnica.
12.2.3. Servicios Suplementarios.-
Cuando los usuarios soliciten servicios suplementarios (por ejemplo
habitación vista al mar, etc.) que no les puedan ser confirmados
definitivamente por la Agencia Organizadora, el usuario podrá optar
por desistir definitivamente del servicio suplementario solicitado o
mantener su solicitud a la espera de que tales servicios puedan
finalmente serle prestados.
En el supuesto de que las partes hubieran convenido el pago previo
del precio de los servicios suplementarios que finalmente no le
puedan ser prestados, el importe abonado le será reembolsado por la
Agencia detallista inmediatamente al desistimiento del servicio por
parte del consumidor o al regreso del viaje, según el usuario haya
optado por el desistimiento en la prestación del servicio
suplementario solicitado o haya mantenido la solicitud.
12.3. Apartamentos
Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente
responsable de hacer la declaración correcta del número de personas
que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños cualquiera que
sea su edad.
Se advierte que la administración de los apartamentos puede
legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no
declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esa causa.
En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s o
cunas, que deberán ser solicitadas por los clientes antes de
perfeccionarse el contrato, y que salvo expresa mención en
contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del
apartamento.
12.4. Condiciones económicas especiales para niños.-
Dada la diversidad del tratamiento aplicable a los niños,
dependiendo de su edad, del proveedor de servicios y de la fecha del
viaje, se recomienda consultar siempre el alcance de las condiciones
especiales que existan y que en cada momento serán objeto de
información concreta y detallada y se recogerá en el contrato o en
la documentación del viaje que se entregue en el momento de su
firma. En general, en cuanto al alojamiento, serán aplicables
siempre que el niño comparta la habitación con dos adultos.
En lo referente a estancias de menores en el extranjero se estará a
la información facilitada puntualmente para cada caso y a lo que
pueda constar en el contrato o en la documentación del viaje que se
entregue al suscribirlo.
13. Pasaportes, visados y documentación.
Todos los usuarios, sin excepción (niños incluidos), deberán llevar
en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea
el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se
visitan. Será por cuenta de los mismos cuando los viajes así lo
requieran la obtención de visados, pasaportes, certificados de
vacunación, etc. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la
concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser
denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se
exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser
portador de la misma, la Agencia Organizadora declina toda
responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del
consumidor cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas
circunstancias las condiciones y normas establecidas para los
supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda
igualmente a todos los usuarios, y en especial a los que posean
nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de
iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos
aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas
en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años
deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en
previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier
autoridad.
14. Información que la Agencia Detallista debe facilitar al
consumidor
Se informa al consumidor que en el momento de la formalización del
contrato deberá recibir de la Agencia Detallista la información
pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje
elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de
un seguro que le cubra de los gastos de cancelación y/o de un seguro
de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de
accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos
probables implícitos al destino y al viaje contratado, en
cumplimiento de la Ley General de Defensa de Consumidores y
Usuarios.
15. Equipajes
A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere,
se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del usuario
los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en
que vayan colocados y, que se transporta por cuenta y riesgo del
usuario, sin que la Agencia Organizadora venga obligada a responder
de la pérdida, robo, o daños que el mismo pudiera sufrir durante el
viaje por cualquier causa, incluida la manipulación en traslados
hotel/aeropuerto o viceversa, cuando existan. Se recomienda a los
usuarios que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y
descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, marítimo o
fluvial del equipaje, son de aplicación las condiciones de las
compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el único
contrato vinculante entre las citadas compañías y el pasajero. En el
supuesto de sufrir algún daño o extravío se deberá presentar, en el
acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes.
16. Notas
Las descripciones de los servicios reflejados en cada
establecimiento, han sido facilitadas por los propios
establecimientos durante el periodo de contratación (julio/diciembre
de 2003), por lo que dichas características están sujetas a posibles
variaciones.
Las fotografías expuestas en el folleto de personas, paisajes,
hoteles, apartamentos, etc., se han tomado o han sido proporcionadas
por proveedores externos y se incluyen a título meramente
orientativo, por lo que, la Agencia Organizadora no se
responsabilizará si el cliente no llega a encontrar idénticas
situaciones durante su estancia.
Régimen alimenticio: Cuando el régimen sea Pensión Completa, se
servirá desayuno, almuerzo y cena, siendo la "cena" el primer
servicio a facilitar por el hotel y el último el almuerzo del día de
salida, siempre y cuando la hora de llegada del cliente al hotel sea
anterior a la hora de cierre del comedor. En el régimen de Media
Pensión se servirá desayuno y cena, pudiendo cambiar la cena por el
almuerzo, siempre y cuando el establecimiento así lo autorice.
Interrupción de estancia: Si el cliente abandonará el
establecimiento antes de la fecha de salida contratada, la Agencia
Organizadora no se compromete a efectuar devolución alguna, salvo
que medie reclamación escrita adjuntando a la misma escrito original
del establecimiento autorizando la devolución de la estancia
cancelada.
17. Vigencia
La vigencia del programa/folleto será del 1 de enero de 2006 al 31
de diciembre de 2006.
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